Cuáles son los requisitos sanitarios que deben cumplir las … – Alcaldía de Bogotá

Espacio donde la ciudadanía puede encontrar información y servicios a partir de su rol e identidad de género.
Espacio donde la ciudadanía puede encontrar información y servicios a partir de su identidad étnica.
Espacio donde la ciudadanía puede encontrar información y servicios a partir de su condición de vulnerabilidad.
Espacio donde la ciudadanía puede encontrar información y servicios a partir de su ocupación.
Recuerda que si tienes un establecimiento de belleza o peluquería, debes solicitar el control y el certificado sanitario que expide la Sec. de Salud.
Si vas a abrir una peluquería, salón de belleza, barbería u otro negocio similar, ten en cuenta que estos establecimientos deben cumplir con una serie de requisitos sanitarios expedidos a nivel nacional, así como solicitar la autorización sanitaria o licencia de funcionamiento a la Secretaría de Salud, entidad reguladora a nivel Bogotá.
Todos los establecimientos que son objeto de inspección, vigilancia y control sanitario deben vincularse al proceso de autorregulación, el cual busca que los propietarios o representantes legales de establecimientos en Bogotá, aseguren el cumplimiento de los requisitos vigentes y no generen riesgos a la salud de los habitantes y visitantes de la capital.
La Secretaría Distrital de Salud habilitó la página web 👉 ‘Negocios Saludables, Negocios Rentables’, por medio de la cuál se explica toda la información sanitaria que se debe cumplir y, además, permite hacer la inscripción, autoevaluación, solicitud de concepto y autorregulación de tu peluquería.
A continuación, te compartimos cuáles son los requisitos para poner en funcionamiento tu peluquería:
Los servicios personales prestados tradicionalmente en estos establecimientos han sido agrupados en la normativa sanitaria dentro del término “estética/cosmética ornamental”, lo cual comprende todas aquellas actividades que se realizan con el fin de modificar temporalmente la apariencia estética del cuerpo humano en el cabello, el cuero cabelludo y las uñas, utilizando productos y elementos cosméticos que modifican la apariencia de las faneras.
Estos establecimientos se encuentran regulados por la Resolución 2117 de 2010, la Resolución 2827 de 2006, la Ley 9 de 1979, la Ley 1801 de 2016 y la Decisión 516 de 2002, entre otras normas que pueden ser consultadas en saludambiental.saludcapital.gov.co
En el establecimiento siempre deberán estar disponibles los siguientes documentos:
Deberá cumplirse lo establecido en la Resolución 2117 de 2010, en relación a los siguientes puntos:
Según indica el manual de bioseguridad elaborado para el establecimiento y en la Resolución 2827 de 2006, se debe garantizar el cumplimiento de los siguientes puntos:
Se deberá verificar que todos los productos cosméticos almacenados y aplicados cuenten con la notificación sanitaria obligatoria emitida por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), y que se atiendan las instrucciones de precaución para su uso.
Es una moderna infraestructura en salud que hoy abre sus puertas al cuidado de alrededor de 40.000 habitantes de la localidad de Bosa y sus alrededores.
Recuerda que si tienes un establecimiento de belleza o peluquería, debes solicitar el control y el certificado sanitario que expide la Sec. de Salud.
Consulta, día a día, los diferentes puntos de vacunación contra COVID-19, habilitados por la Secretaria de Salud en Bogotá.
Consulta, día a día, los distintos puntos de la ciudad en los que se están realizando pruebas de COVID-19.
La menor presentaba múltiples afectaciones de salud como desnutrición, lesiones en la piel y sospecha de malaria, según informe de la Secretaría de Salud.
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