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Hay diferentes maneras de adentrarse al mundo de las criptomonedas. La más obvia es comprar monedas digitales como bitcoin o ethereum, pero tienen muchas volatilidad. Entonces, también hay otras alternativas como los fondos de inversión cotizados, comprar acciones de determinadas empresas o invertir en fideicomisos. En este Finanzas de Bolsillo veremos cuáles son las opciones, de qué se tratan y algunos ejemplos en los mercados financieros.
El analista de productos y mercados de Nobilis Mauricio Tchilingirbachian indicó que, “desde que comenzó el auge por las criptomonedas, varios años atrás, uno de los principales desafíos que han tenido los inversores ha sido el del acceso a las mismas. Si bien es cierto que hoy en día el acceso se ha masificado y son muchos los inversores que ya cuentan con una billetera electrónica, es interesante saber que existen formas de obtener exposición sin tener que comprarlas”.
Varias de las opciones son Exchange Traded Funds (ETF), también llamados fondos de inversión cotizados. Ahora, ¿qué son? El analista de inversiones en Gletir, Gastón Beker, explicó a El País que “son una forma simple y conveniente de operar que combina algunos de los beneficios de los fondos mutuos con los de las acciones. Los inversionistas y ahorristas pueden beneficiarse de una diversificación instantánea, debido a que ofrecen mayor diversificación que la que se obtiene al comprar acciones individuales, ya que reúne en un mismo instrumento diferentes activos como acciones, bonos, materias primas, etcétera”.
“Se trata de un producto óptimo en cuanto a asignación de activos (por su elevado grado de diversificación), simplicidad a la hora de operar (igual de ágil que las acciones) y costos (es más barato que los fondos de inversión)”, añadió.
A continuación, veremos algunas de las alternativas para invertir en criptomonedas sin comprarlas de manera directa.
“La primera y más eficiente de estas formas alternativas son los ETF de criptomonedas. Se trata de fondos cotizados que se negocian en mercados formales (al igual que las acciones) y que en su portafolio tienen las criptomonedas. De esta manera el precio del fondo replicará el de la criptomoneda antes de costos”, explicó Tchilingirbachian.
“Una ventaja es que el administrador del fondo está generalmente supervisado por el regulador del mercado en donde opera el instrumento. Sin embargo, estos instrumentos se deben comprar y vender durante el horario de mercado a diferencia de las criptomonedas que transaccionan 24/7”, añadió.
Además, recordó que este tipo de ETF no están autorizados hasta el momento en Estados Unidos por la Comisión de la Bolsa y Valores (SEC, por sus siglas en inglés). Por su parte, Beker, contó que se está viendo con dicha agencia gubernamental la aprobación de un ETF spot de bitcoin.
Tchilingirbachian comentó que, aunque no hay en EE.UU, si hay en “otros países como Canadá”.
Otra opción es invertir en ETF de futuros. Tchilingirbachian señaló que, “a diferencia de los primeros, el portafolio de estos fondos está compuesto por contratos sobre el precio futuro de las criptomonedas en cuestión. Esto tiene una implicancia importante sobre el comportamiento esperado del instrumento, y es que no necesariamente replicará el precio de la criptomoneda, ya que los contratos futuros y el precio ‘spot’ usualmente difieren”.
Beker puso como ejemplo el ETF llamado ProShares Bitcoin Strategy (BITO), que busca “apreciación de capital principalmente a través de la exposición a los contratos de futuro del bitcoin”.
El analista de productos y mercados de Nobilis contó que una manera más indirecta de inversión “es a través de fondos mutuos o ETF que invierten su portafolio en empresas cuyas ganancias están directamente ligadas a las criptomonedas, ya sea porque son una empresa de intermediación como Coinbase o una empresa de minado de bitcoins como Argo Blockchain”.
Otro camino es comprar acciones de empresas relacionadas con el rubro, indicó Beker. Las acciones son títulos emitidos que representan una parte del capital social de una compañía. El analista de Gletir brindó los siguientes ejemplos: Riot Blockchain, Bitfarms y Marathon, que todas se dedican al minado de criptomonedas.
También existen los fideicomisos financieros, también conocidos como trusts, su nombre en inglés. Beker explicó que son aquellos en donde los “beneficiarios son titulares de certificados de participación de títulos representativos de deuda garantizados con los bienes que integran el fideicomiso”.
El analista de Gletir contó que están los fideicomisos Grayscale, que manejan activos por alrededor de US$ 24.500 millones. Entre los más conocidos están el Grayscale Bitcoin Trust (GBTC), que replica el comportamiento del bitcoin, y Grayscale Ethereum Trust (ETHE), que replica el de la moneda Ethereum.
Además, aclaró que estos instrumentos “no presentan una correlación perfecta con el subyacente, o sea, con la criptomoneda en sí. En otras palabras, se dice que operan a descuento”.
Hubo dos anuncios vinculados a las monedas digitales la última semana. Este martes, el alcalde de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, lanzó el plan “Buenos Aires+” que el pago de impuestos con criptomonedas y el uso de la tecnología blockchain para cuidar la seguridad de los datos. Por otra parte, este jueves, el Congreso de Panamá aprobó una ley que regula el uso opcional de criptomonedas, permitiendo incluso el pago de impuestos con estos activos en el país. La nueva legislación, que aún debe ser promulgada por el presidente Laurentino Cortizo, reglamenta el “uso de criptoactivos como expresión de la libertad contractual y de la libertad monetaria en la República de Panamá”. (Con información de EFE y AFP)
“El Banco Central del Uruguay (BCU) advirtió a principios de abril que constató publicidad en “por parte de personas o empresas” donde se convoca a “invertir o ahorrar mediante criptomonedas a través de plataformas tecnológicas o autómatas” y se promete “rentabilidades sobre la inversión”.
La autoridad financiera indicó que los “activos virtuales por sus características ofrecen una volatilidad de precios o cotización tal que no es posible garantizar que una rentabilidad pasada u obtenida previamente, se proyecte a futuro”.
También señaló que la “convocatoria al público en general para la aplicación de sus ahorros, solo puede hacerse a través de las instituciones de intermediación financiera autorizadas a captar depósitos en plaza o como emisor inscripto en el registro de mercado de valores”.
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